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La justicia nacional revocó un fallo que benefició a un policía condenado
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La justicia nacional revocó un fallo que benefició a un policía condenado

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El Tribuno de Jujuy
viernes, 28 de agosto de 2026 · 02:58 a. m. hs · 3 min
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La Corte deja sin efecto la reducción de condena al policía condenado por el crimen de Josué Mendoza. La justicia de Jujuy dederá dictar una nueva sentencia conforme a la gravedad original del homicidio calificado.

La Corte Suprema de Justicia revocó una sentencia que había beneficiado a un policía condenado por la muerte de Josué Saúl Mendoza, un joven que fue golpeado y estrangulado mientras se encontraba detenido en una comisaría jujeña y cuyo fallecimiento se intentó presentar como un suicidio.

Con las firmas de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, el máximo tribunal hizo lugar al recurso presentado por el Ministerio Público y dejó sin efecto el fallo que había reducido la condena contra el oficial Alejandro Raúl Carlos.

El caso se remonta al 30 de junio de 2006, cuando Mendoza fue detenido luego de un incidente ocurrido en inmediaciones de la terminal de ómnibus de San Salvador de Jujuy, tras el partido del Mundial de Alemania en el que la Selección argentina quedó eliminada frente al conjunto local.

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De acuerdo con la reconstrucción judicial, el joven había estado bebiendo en un bar y se habría resistido al arresto, tras lo cual fue trasladado a una dependencia policial.

Otros detenidos declararon que Mendoza fue golpeado a patadas por policías y posteriormente apareció colgado de los barrotes de la celda, en una escena que pretendía mostrar que se había quitado la vida. Sin embargo, las pericias determinaron que había sido estrangulado.

En el juicio oral, Carlos fue condenado a prisión perpetua como coautor responsable de homicidio agravado y apremios ilegales. Otro efectivo recibió una pena de cuatro años de prisión por los apremios y se ordenó investigar la eventual participación de otros policías.

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La defensa apeló y la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia de Jujuy, por mayoría, revisó la sentencia y consideró a Carlos partícipe secundario del homicidio agravado y coautor de los apremios ilegales.

Como consecuencia de esa decisión, la pena fue reducida a 14 años de prisión e inhabilitación por el mismo período. El tribunal consideró cumplida la condena y ordenó la libertad del policía en 2020.

El Ministerio Público llevó el caso ante la Corte Suprema al considerar que esa revisión había sido arbitraria.

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En septiembre de 2025, el procurador general interino Eduardo Casal dictaminó a favor del planteo fiscal y recordó que se había tenido por probado que Carlos, junto con otros funcionarios policiales, sometió a Mendoza a una severa golpiza y luego lo estranguló y sofocó hasta causarle la muerte.

Según esa reconstrucción, posteriormente el cadáver fue colocado en el baño del sector de detenidos de manera que pareciera que Mendoza se había suicidado.

La Procuración cuestionó el argumento utilizado por la Justicia jujeña para revisar la condena firme y sostuvo que no existía la contradicción entre decisiones judiciales invocada para habilitar ese procedimiento.

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Para el Ministerio Público, se había realizado una "ilegal y arbitraria revisión integral" de una condena que tenía autoridad de cosa juzgada desde hacía varios años.

La Corte Suprema hizo lugar ahora a la queja, se remitió a los fundamentos del dictamen de la Procuración General, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia que había beneficiado al policía.

El expediente deberá regresar a la Justicia de Jujuy para que se dicte un nuevo pronunciamiento de acuerdo con lo resuelto por el máximo tribunal.

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Temas de la nota

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