
Nuevas multas y plazos para el mantenimiento de baldíos
Habrá recargos si están cerca de algún hospital o escuela, y en caso de una nueva sanción.
El Concejo Deliberante capitalino sancionó la Ordenanza 8.298/2026, la que modifica el régimen de sanciones para propietarios de inmuebles desocupados o en construcción. El marco legal busca erradicar los focos de infección y exige el desmalezamiento y limpieza de los lotes bajo apercibimiento de severas penalidades económicas.
La norma establece una escala punitiva ajustada según la dimensión del lote y contempla agravantes por proximidad a instituciones sensibles, además de un esquema de incentivos para regularizar la situación en plazos breves.
El nuevo esquema punitivo fija las multas graduables calculadas en Unidades Fijas, categorizadas según los metros cuadrados del inmueble. Es de destacar que cada UF equivale al precio de un litro de Nafta Súper en la jurisdicción capitalina (actualmente en más de $2.200). Es así que por lotes de hasta 300m² que no estén limpios y desmalezados, las multas serán de 120 a 240UF; de más de 300 y hasta 450m², multas de 170 a 340UF; de más de 450 y hasta 600m², multas de 220 a 440UF; de más de 600 y hasta 1.000m², multas de 320 a 640UF; de más de 1.000 y hasta 10.000m², multas de 500 a 1.000UF y lotes de más de 10.000m², 1.440 por cada hectárea, sumando un adicional de 100UF por cada 100m² excedentes.
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La legislación contempla un recargo del 20% en el monto total de la multa para aquellos terrenos ubicados a menos de 200 metros de escuelas, hospitales, centros de salud u otros espacios públicos con alta afluencia de personas.


En casos de reincidencia registrados dentro del período de un año, las autoridades aplicarán automáticamente el tope máximo de la escala prevista. Asimismo, el Ejecutivo municipal queda facultado para realizar la limpieza de oficio con cargo al infractor. El costo del servicio prestado por la municipalidad será reglamentado por el Ejecutivo y nunca podrá ser menor al valor de la multa aplicable.
Para incentivar la rápida regularización y la sanidad ambiental, la normativa dispone mecanismos de quita y exención para los infractores primarios: Condonación total (100%) si el responsable realiza el desmalezamiento y lo acredita fehacientemente dentro de los 5 días hábiles de notificada la sanción, la multa quedará sin efecto; descuento del 70%, si la acreditación de las tareas se efectúa dentro de los 15 días posteriores a la notificación, el monto se reducirá al 30% del total.
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