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Ley de tierras: la Corte aclaró su fallo y habilitó nuevos pedidos de medidas cautelares
NacionalesTucumán

Ley de tierras: la Corte aclaró su fallo y habilitó nuevos pedidos de medidas cautelares

EA
El Ancasti
jueves, 01 de octubre de 2026 · 07:51 p. m. hs · 2 min
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El máximo tribunal sostuvo que su reciente decisión no resolvió la cuestión de fondo sobre la Ley de Tierras y precisó el alcance de su pronunciamiento.

El máximo tribunal sostuvo que su reciente decisión no resolvió la cuestión de fondo sobre la Ley de Tierras y precisó el alcance de su pronunciamiento.

La Corte Suprema de Justicia difundió este jueves un comunicado para aclarar el alcance de su reciente fallo sobre la Ley de Tierras, después de las críticas que generó la decisión que dejó nuevamente operativo el artículo 154 del DNU 70/2023.

El máximo tribunal sostuvo que no se pronunció sobre la constitucionalidad del régimen de tierras ni fijó una posición sobre la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros. Según explicó, la resolución adoptada en la causa "Cecim c. el Gobierno Nacional" estuvo vinculada con una cuestión procesal.

El martes, la Corte había revocado un fallo que frenaba la derogación de la Ley 26.737. Como consecuencia de esa decisión quedó operativo el artículo del DNU 70/2023 que eliminó las restricciones específicas para la adquisición de tierras rurales por extranjeros.

Ante la repercusión que tuvo la sentencia, el tribunal integrado por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti señaló que la decisión "se ajusta estrictamente a todos los precedentes" de la Corte.

Además, aclaró que el fallo no afecta otras medidas cautelares sobre el mismo tema que se encuentren en trámite ante distintos tribunales.

"Tampoco impide que toda persona que considere que el régimen legal de tierras es inconstitucional, peticione una medida cautelar, cuya procedencia decidirá un juez competente", explicó el tribunal.

La Corte remarcó especialmente que la cuestión de fondo todavía no fue resuelta.

"La Corte se expedirá sobre las normas jurídicas conocidas como ley de tierras cuando lleguen esos reclamos, lo que no ha ocurrido hasta el momento", indicó.

Y añadió: "No puede interpretarse de ninguna manera que exista una posición del Tribunal o de los ministros sobre el referido régimen".

El máximo tribunal también sostuvo que su sentencia no obstaculiza la actuación del Congreso respecto del DNU 70/2023.

El decreto había sido rechazado por el Senado el 14 de marzo de 2024 y, según el comunicado citado, continúa bajo examen de la Cámara de Diputados.

La aclaración llegó después de una serie de cuestionamientos públicos al fallo. Entre quienes manifestaron su rechazo estuvieron Axel Kicillof, Elisa Carrió, Germán Martínez y el Partido Justicialista.

La Corte respondió también a esa controversia y señaló que los sectores que cuestionen el régimen pueden recurrir a la Justicia.

"La crítica es correcta; la descalificación y el odio sólo deterioran las instituciones y la democracia", expresó el tribunal.

Así, la Corte buscó diferenciar el efecto inmediato de su resolución, que dejó operativo nuevamente el artículo 154 del DNU 70/2023, de una eventual decisión futura sobre la validez constitucional del régimen de tierras. Esa discusión de fondo, según la propia Corte, permanece abierta.

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Leer la nota original en El Ancasti
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