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La ANMAT autorizó la venta libre de diez medicamentos: cuáles son
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La ANMAT autorizó la venta libre de diez medicamentos: cuáles son

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Redacción
martes, 28 de julio de 2026 · 04:46 p. m. hs · 2 min
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La medida fue publicada este martes en el Boletín Oficial. Incluye medicamentos para alergias, trastornos digestivos, mareos, afecciones oftalmológicas y tratamientos tópicos, que dejarán de requerir receta médica para su comercialización

La medida fue publicada este martes en el Boletín Oficial. Incluye medicamentos para alergias, trastornos digestivos, mareos, afecciones oftalmológicas y tratamientos tópicos, que dejarán de requerir receta médica para su comercialización

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso que diez principios activos pasen de la condición de venta bajo receta a venta libre, tras concluir que cumplen con los requisitos de calidad, seguridad y eficacia establecidos por la normativa vigente. La decisión fue oficializada mediante la Disposición 4714/2026, publicada en el Boletín Oficial.

Según el organismo, los medicamentos incluidos en la medida fueron comercializados bajo receta durante al menos los últimos cinco años y no registraron eventos adversos graves que modificaran su relación riesgo-beneficio. Además, la evaluación tuvo en cuenta antecedentes de agencias regulatorias internacionales que también autorizan su venta sin prescripción médica.

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La disposición alcanza a las siguientes especialidades medicinales:

Trimebutina 100 mg (comprimidos y cápsulas).

Levocetirizina 5 mg y solución oral 5 mg/ml.

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Fexofenadina 60 mg, 120 mg y solución oral.

Dimenhidrinato 50 mg.

Nafazolina + Feniramina (solución oftálmica).

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Olopatadina (solución oftálmica).

Carboximetilcisteína al 5% (jarabe o solución oral).

Cloruro de aluminio hexahidratado al 20% (loción tópica).

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Carbonato de calcio + Tintura de árnica montana + Nitrato de plata (polvo de uso oral y tópico).

Ivermectina al 0,5% de uso tópico en loción.

La ANMAT aclaró que los productos ya elaborados podrán seguir comercializándose con el etiquetado anterior. En cambio, los lotes que se liberen a partir de la entrada en vigencia de la disposición deberán adecuar sus envases, indicar la nueva condición de venta libre e incorporar un código QR con el prospecto correspondiente.

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Asimismo, los titulares de los registros deberán adaptar las presentaciones comerciales para que sean acordes con la dosis, el intervalo de administración y la duración del tratamiento aprobados para cada medicamento.

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Leer la nota original en El Esquiú
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