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El Senado retoma la ley de propiedad privada sin la venta de tierras a extranjeros
PolíticaTucumán

El Senado retoma la ley de propiedad privada sin la venta de tierras a extranjeros

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Redacción
jueves, 06 de agosto de 2026 · 02:11 p. m. hs · 1 min
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La Cámara alta continuará este jueves el tratamiento del proyecto impulsado por el Gobierno nacional. Tras la falta de apoyo, el oficialismo retiró el capítulo que flexibilizaba la compra de tierras rurales por parte de capitales extranjeros.

El Senado de la Nación retomará este jueves, desde las 14, el debate de la denominada ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, luego del cuarto intermedio dispuesto durante la sesión de julio.

El proyecto llegará al recinto con una modificación central: el oficialismo nacional retiró completamente el capítulo que proponía flexibilizar la venta de tierras rurales a personas y empresas extranjeras. La decisión se produjo después de que La Libertad Avanza no consiguiera reunir los votos necesarios para aprobar ese apartado, pese a las sucesivas modificaciones realizadas durante las negociaciones.

Sin ese punto, considerado el más polémico de la iniciativa, la discusión continuará alrededor de los cambios propuestos al régimen de expropiaciones, los procedimientos de desalojo, la Ley de Manejo del Fuego y el funcionamiento del Registro de la Propiedad Inmueble.

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Cambios en las expropiaciones

El proyecto establece que la declaración de utilidad pública deberá interpretarse de manera restrictiva y tendrá que identificar específicamente el objetivo perseguido. Además, la expropiación deberá ser considerada necesaria, idónea y proporcional.

En relación con las indemnizaciones, el texto propone tomar como referencia el valor objetivo o de mercado del bien y los daños directos provocados por la expropiación. También contempla el reconocimiento del lucro cesante cuando pueda acreditarse mediante pruebas concretas y no implique una duplicación de la compensación.

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Procedimientos de desalojo

Otro de los capítulos establece que, antes de iniciar una demanda por falta de pago del alquiler, el propietario deberá intimar formalmente al inquilino y otorgarle un plazo mínimo de diez días corridos para regularizar la deuda.

Una vez vencido ese plazo, el locador podrá iniciar la acción judicial de desalojo mediante el procedimiento más breve contemplado por cada jurisdicción. La notificación podrá enviarse al domicilio físico o electrónico declarado en el contrato.

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Debate por la Ley de Manejo del Fuego

La iniciativa también busca modificar las restricciones actuales sobre los terrenos afectados por incendios. La legislación vigente establece prohibiciones de hasta 60 años para cambiar el uso o vender determinadas superficies quemadas.

El nuevo proyecto sostiene que los bosques nativos incendiados deberán conservar su uso previo, pero elimina parte de las restricciones aplicadas durante 30 años sobre zonas agropecuarias, praderas, pastizales y matorrales.

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La sesión también estará atravesada por una discusión reglamentaria vinculada con la participación virtual de dos senadores, una decisión avalada inicialmente por la vicepresidenta Victoria Villarruel que deberá ser convalidada por el pleno de la Cámara alta.

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