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Trámites digitales de Anses: cómo descargar el Codem en minutos
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Trámites digitales de Anses: cómo descargar el Codem en minutos

VD
Virginia Daniela Gómez
miércoles, 16 de septiembre de 2026 · 06:00 p. m. hs · 1 min
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Paso a paso para acceder al comprobante, saber quiénes pueden solicitarlo y revisar qué familiares tenés a cargo.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) brinda diversas alternativas virtuales destinadas a consultar datos de uso personal y efectuar gestiones a distancia, lo que evita la necesidad de acudir a alguna dependencia oficial.

Dentro de estos recursos destaca el Comprobante de Empadronamiento (CODEM), un certificado fundamental que permite verificar cuál es la cobertura médica asignada y corroborar qué integrantes del núcleo familiar se encuentran dados de alta a cargo del titular.

El procedimiento requiere acceder a la sección de obra social y Codem disponible dentro del portal web de Anses. Una vez allí, resulta necesario completar los campos requeridos con el número de DNI, la clave de CUIL y la verificación de seguridad mostrada en la interfaz para poder dar curso al trámite.

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Tras presionar la opción de continuar, la plataforma despliega de forma automática los datos de la cobertura médica vigente junto con los familiares declarados. Finalmente, la descarga del documento se completa al seleccionar el ícono de impresión, opción que permite obtener el papel en físico o conservar el certificado digitalmente en formato PDF en el dispositivo utilizado.

La certificación emitida por Anses se dirige a todas las personas registradas con una cobertura médica activa dentro del sistema. Esta categoría abarca a los empleados en relación de dependencia, los beneficiarios de jubilaciones o pensiones y los cobradores del seguro por desempleo.

El documento también permite incorporar al núcleo familiar que depende del titular de la prestación. Esta cobertura se extiende al cónyuge o conviviente, a los hijos solteros menores de 21 años o de hasta 25 años en caso de estar estudiando, y de forma permanente a los hijos con discapacidad, quienes no poseen límite de edad para figurar en la constancia.

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Leer la nota original en La Gaceta
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