
Senado: con votos tucumanos se aprobó la ley de Inocencia Fiscal II
El respaldo favorable de Beatriz Ávila y de Sandra Mendoza fue clave para sancionar la propuesta que promueve el ingreso al sistema financiero de dólares que están fuera del circuito oficial.
El Gobierno nacional logró convertir en ley el proyecto de "Inocencia Fiscal II". Con una votación de 44 votos a favor, 23 en contra y ninguna abstención -resultado que se replicó de manera idéntica en las votaciones en particular-, la Cámara de Senadores dio luz verde a la normativa impulsada por el Poder Ejecutivo. El articulado busca sumar contribuyentes al sistema formal, en un contexto donde el oficialismo estima la existencia de unos 170.000 millones de dólares fuera del circuito financiero.
Una vez más, la votación evidenció una división dentro de la representación parlamentaria de la provincia de Tucumán. Mientras las senadoras Beatriz Ávila (Independencia) y Sandra Mendoza (Convicción Federal) sumaron sus votos afirmativos a la iniciativa del Ejecutivo, el senador Juan Manzur (Justicialista) marcó la diferencia y rechazó la propuesta en el recinto. El apoyo tucumano resultó clave dentro de un frente amplio donde La Libertad Avanza (LLA) sumó los respaldos del PRO, la Unión Cívica Radical, Provincias Unidas, Movimiento por Misiones, Moveré Santa Cruz, Primero los Salteños y Despierta Chubut, tanto que la oposición quedó concentrada en el interbloque Popular (Justicialista, Frente Cívico de Santiago del Estero y Justicia Social Federal).
Durante su exposición, el legislador libertario Bruno Olivera Lucero calificó a los ahorros informales como "plata muerta" y citó palabras del ministro de Economía, Luis Caputo, para remarcar que los dólares no bancarizados no le sirven al desarrollo del país. Olivera defendió la flexibilización normativa destacando que bajo el marco aprobado en diciembre de 2025 ya se habían inscripto 400.000 contribuyentes, sosteniendo que la nueva norma busca cambiar el paradigma para "confiar en el contribuyente y sospechar solo cuando hay indicio grave de que la confianza se haya roto".
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Entre las principales modificaciones estructurales, la ley elimina los topes de $1.000 millones de ingresos y $10.000 millones de patrimonio para el ingreso al régimen simplificado. Asimismo, redefine las causales de impugnación por parte de la ARCA a las declaraciones de Ganancias e IVA para períodos no prescriptos, vinculándolas a inconsistencias tributarias, superación de montos del Régimen Penal o uso de facturas apócrifas. Además, ante errores de cálculo por parte del Estado en denuncias de inconsistencia, la norma estipula que las sumas cobradas indebidamente deberán devolverse al contribuyente en un plazo máximo de 45 días.
Con la intención de resguardar la transparencia institucional, la ley fija límites estrictos para los funcionarios públicos de los tres poderes del Estado que ejerzan o hayan ejercido cargos de alta responsabilidad en los últimos cinco años. Tampoco se beneficiarán con la figura de la discrepancia significativa, quedando completamente al margen de estas prerrogativas
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