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Se ajustarán los topes de facturación y los montos mensuales del Monotributo
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Se ajustarán los topes de facturación y los montos mensuales del Monotributo

RL
Redacción LA GACETA
miércoles, 15 de julio de 2026 · 09:00 a. m. hs · 2 min
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El régimen simplificado los actualizará a partir de agosto.

Resumen para apurados

El Monotributo registrará cambios significativos durante este mes. De acuerdo con la normativa vigente, los ingresos admitidos en cada categoría y las cuotas mensuales se incrementarán un 16,8%, cifra que refleja la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) informada por el Indec para el primer semestre del año.

Con este ajuste, el monto máximo de facturación anual para permanecer en el sistema se elevará de los actuales $ 108,3 millones a casi $ 126,5 millones. El ajuste del 16,8% impactará en todos los escalones de la tabla. Para la Categoría A, la más baja del esquema y donde se concentra el 53% de los contribuyentes, el tope de ingresos anuales pasará de $ 10,2 millones a unos $ 12 millones (un promedio de $ 1.000.390 mensuales). En consecuencia, la cuota total que incluye impuesto y aportes a la seguridad social ascenderá de $ 42.386,74 a un estimado de $ 49.508. En el otro extremo, la Categoría K -el escalón más alto- mantendrá la unificación de topes para comercio y servicios establecida en la reforma fiscal de 2024, aunque persistirá la diferencia en los montos a pagar.

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Desde agosto, un prestador de servicios en la categoría máxima pasará a abonar una cuota mensual de $1.613.811, mientras que para la actividad comercial el importe será de $701.827. Cabe destacar que el impacto final en el bolsillo dependerá de si el contribuyente mantiene su categoría actual o se desplaza en la tabla tras el proceso de recategorización.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitará en los próximos días su plataforma para la segunda recategorización del año, cuyo plazo límite será el 5 de agosto. Para cumplir con esta obligación, los monotributistas deberán evaluar su facturación acumulada entre julio de 2025 y junio del corriente año. Si los ingresos superan o son inferiores a los límites de su categoría actual, deberán modificar su posición en el esquema.

Además de los ingresos brutos, los contribuyentes deben considerar otras dos variables clave que también se actualizan: el "precio máximo unitario" de venta para quienes comercializan bienes (que rondará los $ 716.559) y los "alquileres devengados" anuales, que en la categoría más alta no podrán superar los $ 8,3 millones.

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El trámite se realiza de forma digital a través de la web o la app oficial de ARCA, donde el sistema suele precargar la información de facturación electrónica para facilitar el proceso.

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Leer la nota original en La Gaceta
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