
Régimen Penal Juvenil en Tucumán: ¿qué cambia para los adolescentes que delinquen?
La ley reduce la edad de imputabilidad de 16 a 14 años. Los adolescentes de entre 14 y 18 años deberán responder penalmente por sus actos.
Resumen para apurados
"Actualmente, varios chicos falsifican sus documentos para ingresar a fiestas o boliches donde está prohibida la entrada a menores de 18 años. Lo que para muchos puede parecer una travesura o una picardía constituye, en realidad, un delito. Con el nuevo Régimen Penal Juvenil, quien incurra en esa conducta deberá responder ante la Justicia". Palabras más, palabras menos, eso fue lo que explicó un integrante de la Corte Suprema de Justicia de la provincia al referirse a la importancia y al alcance de la nueva ley que entrará en vigencia el sábado.
La norma reemplazará al decreto firmado durante la última dictadura militar, que establecía cómo debían ser tratados procesalmente los adolescentes en conflicto con la ley. El cambio más conocido es la reducción de la edad de imputabilidad, que pasa de 16 a 14 años. La mayor parte del debate público se concentró en ese punto, pero existe otra modificación aún más profunda.
También te puede interesar: Avanza la investigación por la muerte de un motociclista
La normativa anterior establecía que sólo quedaban a disposición de un juez de menores aquellos adolescentes que hubieran cometido delitos reprimidos con penas superiores a los dos años de prisión. Con el nuevo régimen, todos los adolescentes de entre 14 y 17 años podrán ser responsabilizados penalmente por sus actos. Además, sus padres deberán afrontar las obligaciones de reparación del daño que eventualmente determine la Justicia y, en caso de condena, los jóvenes tendrán antecedentes penales.
La situación procesal de los adolescentes se definirá según la gravedad del delito que se les atribuya. Para ello se establecieron tres categorías:
- Delitos leves (penas que no superen los tres años de prisión): el adolescente no quedará alojado en un centro de detención y continuará el proceso en libertad. Sin embargo, un juez de Menores, Niñez y Adolescencia podrá imponerle, en una audiencia junto a sus padres o tutores, la prohibición de acercarse a la víctima y otras restricciones, como no asistir a bailes o recitales. También podrá ordenar la realización de tareas comunitarias, la reparación del daño causado e incluso el uso de una tobillera electrónica, entre otras medidas. De todos modos, será imputado y, si fuera condenado, tendrá antecedentes.
También te puede interesar: Se facilita la gestión contable a asociaciones civiles y fundaciones
- Delitos intermedios (penas de entre tres y 10 años): esta categoría comprende a los adolescentes que no hayan causado la muerte ni provocado lesiones físicas o psicológicas graves y que no registren otras causas en trámite. El magistrado podrá reemplazar la privación de la libertad por medidas alternativas como las ya mencionadas. Para ello necesitará un informe elaborado por especialistas sobre la conducta y el entorno del adolescente, el acuerdo del fiscal y escuchar a la víctima.
- Delitos graves (penas superiores a 10 años o delitos con resultado de muerte o violencia grave): la ley habilita que los acusados permanezcan privados de la libertad bajo modalidades como el arresto domiciliario, un instituto abierto -donde el adolescente puede salir temporalmente para estudiar o trabajar- o un centro especializado de detención, siempre separado de los adultos. La norma establece que nunca podrán ser condenados a prisión perpetua y que la pena máxima será de 15 años.
Si la nueva ley hubiera entrado en vigencia el 1 de enero, en Tucumán podrían haberse dado las siguientes situaciones:
También te puede interesar: Alerta en Santiago del Estero: GSFAR, la app que paga rendimientos exorbitantes e imita el modelo de PETA
1- Los seis menores acusados de los homicidios de Rodrigo Joaquín Ibarra (ocurrido en enero durante un asalto) y de Pedro Solano Vargas (registrado en una casa de Tafí Viejo en abril) deberían estar privados de la libertad en un centro de detención, a la espera del juicio, en el que no podrían recibir una pena superior a los 15 años. En la práctica, eso ya ocurre, ya que Tucumán es una de las pocas provincias del país que creó un sector dentro del penal de Benjamín Paz para alojar adolescentes. La principal diferencia sería que los acusados podrían tener la posibilidad de salir temporalmente del establecimiento para cursar sus estudios.
2- Los dos adolescentes que la semana pasada llevaron armas de fuego a un establecimiento educativo habrían sido procesados, ya que, al tener 14 y 15 años, pasarían a ser penalmente responsables. Se les podrían haber impuesto medidas restrictivas de la libertad, tareas comunitarias o limitaciones para salir de sus domicilios, entre otras disposiciones. Sus padres también podrían haber sido alcanzados por eventuales reclamos de reparación económica.
3- Los chicos que realizaron amenazas de tiroteos tendrían que haber respondido penalmente por sus actos. Los acusados podrían haber sido obligados a cumplir medidas similares a las mencionadas anteriormente y sus progenitores podrían haber afrontado una reparación económica por haber movilizado innecesariamente a los servicios de emergencia, como policías, médicos y bomberos.
También te puede interesar: Jujuy y Salta fortalecen la integración regional
4- Los adolescentes sospechados de haber generado imágenes íntimas mediante inteligencia artificial también podrían haber sido procesados, siempre y cuando las víctimas los hubieran denunciado. Su situación procesal podría haberse agravado por la existencia de violencia de género. Los reclamos económicos de las damnificadas incluso podrían haber alcanzado montos millonarios.
Según estadísticas de la Policía, hasta el 31 de agosto fueron detenidas en toda la provincia más de 10.000 personas, de las cuales 316 eran menores de edad, es decir, el 3% del total. Se estima que, con la legislación vigente, no más del 20% terminó siendo procesado. Con el nuevo régimen, los sectores más pesimistas sostienen que cerca del 80% habría sido formalmente acusado.
"Va a haber una avalancha de casos", sostuvo un operador del sistema judicial. "Hay que insistir en que conductas que hasta ahora eran consideradas travesuras o picardías, desde el sábado pasarán a ser delitos", añadió.
También te puede interesar: Espectacular exhibición
Los expertos consultados por LA GACETA utilizaron ejemplos sencillos para explicar qué podría ocurrir a partir de la entrada en vigencia de la norma:
• Hurto: extraer una goma, una lapicera, una campera o un par de zapatillas de una mochila o de un bolso.
• Lesiones: protagonizar una pelea en cualquier ámbito.
• Abuso: tocar las partes íntimas de una compañera o compañero en un encuentro social o dentro de un establecimiento educativo.
• Daño intencional: romper un banco escolar, un monumento, una parada de ómnibus o cualquier otro bien público o privado.
• Amenazas e intimidación pública: realizar actos intimidatorios contra una persona o generar amenazas en un establecimiento educativo.
- Un menor será imputable a partir de los 14 años, y ya no desde los 16.
- Todo adolescente de entre 14 y 18 años deberá responder penalmente por los delitos que cometa.
- Podrá ser acusado por cualquiera de los delitos contemplados en el Código Penal argentino, y no sólo por aquellos que tengan una pena superior a dos años.
- La condena máxima que se le podrá imponer será de 15 años.
- Los padres deberán responder por los daños causados por sus hijos y afrontar las reparaciones que determine la Justicia.
- A los menores se les podrán imponer reglas de conducta, como la prohibición de salir de sus casas o de concurrir a bailes o espectáculos deportivos, entre otras.
- También se contempla la posibilidad de que realicen tareas comunitarias.
- Aquellos a quienes se les dicte la prisión preventiva o reciban una condena deberán cumplirla en el Instituto "Cura Brochero", ubicado en el penal de Benjamín Paz.
Más de Actualidad
El clásico de Lorca vuelve a escena en Santiago del Estero
