Ocultó la identidad del padre de sus hijos mellizos por 34 años y fue condenada
Una mujer fue condenada a pagar más de 43 millones de pesos por ocultar durante 34 años la verdadera identidad del padre de sus hijos mellizos
Fallo judicial sobre paternidad e identidad
Una mujer fue condenada por la Cámara de Casación a indemnizar a su expareja por haberle ocultado que los hijos mellizos que criaron juntos no eran biológicamente suyos. La manda asciende a más de $43 millones
Una pareja tuvo hijos mellizos, los adultos se separaron y la vida siguió su curso durante más de tres décadas. El problema es que, durante todos esos años, el hombre que los crió creyó ser el padre biológico de esos niños sin serlo. Y los propios hijos tampoco lo sabían. La verdad emergió recién cuando los mellizos tenían 34 años, a partir de una reunión social en la que uno de ellos advirtió un parecido físico llamativo con un desconocido.
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Todo comenzó en una fiesta. Al ver a esa persona, la hija empezó a atar cabos, confrontó a su madre y finalmente se realizó un análisis de ADN privado con el hombre que sospechaba podía ser su padre biológico. El resultado confirmó sus sospechas. Con esa prueba en mano, inició una demanda judicial para impugnar la paternidad de quien hasta ese momento figuraba legalmente como su padre, es decir, el hombre que la había criado durante toda su vida.
Fue así como ese hombre se enteró de que sus hijos no eran biológicamente suyos: no por una conversación, sino por una demanda judicial de impugnación de paternidad. Ante ese golpe, decidió llevar el caso a la Justicia y demandó a su exmujer. En primera instancia no le dieron la razón: el tribunal sostuvo que la infidelidad por sí sola no genera derecho a resarcimiento económico. Pero la resolución cambió al llegar a la Cámara.
En segunda instancia, la Cámara de Casación sí hizo lugar al reclamo, aunque con un argumento preciso: la condena no apunta a sancionar la infidelidad en sí misma, sino el ocultamiento deliberado de la identidad de los hijos. La mujer sabía —o tenía motivos fundados para sospechar— que los mellizos podían no ser hijos de su pareja, y eligió no decirle nada durante más de tres décadas.
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La indemnización fijada por la Justicia asciende a $43.142.682 y está compuesta por distintos rubros: daño moral, la frustración de un proyecto de vida y el costo del tratamiento psicológico al que deberá acceder el hombre. El fallo no es absolutamente inédito en la jurisprudencia argentina, pero resulta infrecuente y visibiliza una arista poco discutida: la responsabilidad civil por mentir sobre la identidad de los hijos.
El caso también genera interrogantes sobre el rol de los propios hijos en todo esto. La hija fue quien impulsó la impugnación de paternidad contra el hombre que la crió, lo que implica, de algún modo, quitarle legalmente ese vínculo a quien estuvo presente durante tres décadas. Detrás de esa decisión pueden existir razones vinculadas a la búsqueda de identidad, pero también tensiones y dolores que el expediente judicial no alcanza a reflejar.
El debate de fondo que abre este fallo es más amplio: el derecho a la identidad es un derecho primario reconocido legalmente, y ocultarlo tiene consecuencias tanto humanas como jurídicas. El caso pone en evidencia que una mentira sostenida durante años —aunque en su origen pudo haber parecido una salida más sencilla— termina causando un daño que, como en este caso, la Justicia decidió cuantificar y reparar.
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