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Los medicamentos no son caridad, son un derecho constitucional
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Los medicamentos no son caridad, son un derecho constitucional

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Redacción
miércoles, 15 de julio de 2026 · 09:45 a. m. hs · 3 min
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A partir de una iniciativa del diputado Galán, se abrió un debate sobre su proyecto de creación de un Banco Provincial de Medicamentos por el que, incluso, se lo amenazó con denunciarlo penalmente. ¿Pero cuál es el trasfondo de este debate? Evidentemente, el trasfondo es que una parte de nuestra comunidad no accede a la medicación que necesita y, como suele ocurrir cuando el Estado, el mercado o las organizaciones intermedias no dan salida a una problemática determinada, surgen iniciativas que para algunos pueden ser excesivamente disruptivas e incluso ilegales.

Personalmente prefiero preguntarme cómo se mejora una propuesta antes que demonizarla, asumiendo que la propuesta está respondiendo a una realidad. Lo cierto es que, si miramos con un estricto sentido constitucional, se está violando el derecho a acceder a medicación considerada básica.

Durante décadas, la provisión estatal de medicamentos se ha entendido bajo un paradigma puramente asistencial: una respuesta compasiva, discrecional y sujeta a las voluntades políticas o presupuestarias de turno. Sin embargo, el marco normativo actual obliga a un giro radical de perspectiva. Desde el enfoque basado en Derechos Humanos y el bloque de constitucionalidad argentino, el acceso a los tratamientos farmacológicos esenciales no es un acto de beneficencia, sino una obligación jurídica inmediata e ineludible del Estado.

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La salud es un derecho "habilitante", la base indispensable para ejercer cualquier otra libertad fundamental. Cuando una persona en situación de vulnerabilidad extrema carece de los medios económicos para adquirir un remedio, el mercado falla y el derecho formal se vacía de contenido. Es allí donde la Constitución Nacional, a través del artículo 75, inciso 22, activa mandatos claros al otorgar jerarquía constitucional a tratados como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. La Argentina asumió el compromiso internacional de asegurar un "contenido mínimo esencial" en salud, del cual la provisión de medicamentos indispensables es un núcleo que jamás puede postergarse ni desatenderse.

Frente a este escenario, iniciativas como la creación de un Banco Provincial de Medicamentos adquieren una dimensión institucional profunda. Lejos de ser un gasto opcional o un privilegio sectorial, representa una medida de acción positiva indispensable para corregir desigualdades estructurales preexistentes. No se trata de crear nuevos derechos, sino de garantizar los ya existentes bajo estándares internacionales.

Además, la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sido categórica y convergente: la distribución de competencias regulatorias o las limitaciones administrativas no son excusas válidas para que una provincia desatienda la salud o ponga en riesgo la vida de sus ciudadanos. Las autoridades locales tienen responsabilidades primarias que deben sostener con progresividad y sin retrocesos injustificados.

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En tiempos de debates complejos sobre la eficiencia del gasto público, resulta imperativo recordar que la legitimidad de un Estado de Derecho se ve menguada cuando se recortan prestaciones esenciales, porque se cercena su obligación de resguardar la dignidad humana.

Las iniciativas solidarias no suelen solucionar el fondo de un problema, pero significan un alivio a personas urgidas por la necesidad. La realidad es que actualmente miles de dosis de medicamentos se desperdician por su vencimiento, lo que contrasta con la penuria de miles de personas que tienen dificultades para adquirirlos.

Estoy convencido de que la iniciativa legislativa busca una solución a un grave problema y, por lo tanto, no debe ser descalificada de plano. Por eso, es de esperar que se abra un ámbito para canalizar aportes que ayuden a corregir sus errores y mejorarla, y así poder dar respuesta a una demanda social improrrogable.

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Dr. Rubén Manzi

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Leer la nota original en El Esquiú
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