
La Justicia prohibió exigir el pago de multas para renovar la licencia de conducir
Un juez federal ordenó renovar una licencia de conducir sin exigir el pago previo de multas y consideró arbitrario bloquear el trámite
Un juez federal de Paraná ordenó renovar de inmediato la licencia de conducir de un hombre sin exigirle previamente el pago de multas de tránsito. El fallo consideró que la existencia de infracciones no puede transformarse en una condición para acceder o renovar el carnet, ya que el Estado cuenta con otras vías para reclamar esas deudas.
La resolución fue dictada por el juez federal de Paraná Daniel Edgardo Alonso, quien hizo lugar a una acción de amparo presentada por un conductor contra la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) y la Municipalidad de San Benito.
El magistrado ordenó que ambas autoridades permitan la renovación de la licencia sin exigir previamente el pago de multas correspondientes a distintas jurisdicciones.
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El conflicto comenzó cuando el conductor, identificado en el expediente como C., acudió a la Municipalidad de San Benito para renovar su licencia, vencida desde el 6 de abril de 2026.
Al intentar realizar el trámite, el sistema detectó supuestas infracciones de tránsito y la renovación quedó bloqueada. Le emitieron una boleta con las multas y le informaron que debía cancelarlas para obtener el certificado de libre deuda necesario para continuar con el procedimiento.
El conductor negó haber cometido esas infracciones y cuestionó que el trámite de renovación de la licencia fuera utilizado como un mecanismo para obligarlo a pagar las multas.
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La Municipalidad sostuvo que no tenía capacidad para modificar los sistemas informáticos de la ANSV. Por su parte, la Agencia Nacional de Seguridad Vial afirmó que no era responsable de la negativa municipal.
Sin embargo, la ANSV reconoció que podía solicitar, mediante una orden judicial o administrativa, la emisión de una boleta electrónica sin registrar las infracciones informadas por otras jurisdicciones, lo que permitiría avanzar con la renovación.
Para el juez, ese reconocimiento resultó determinante. "El obstáculo es perfectamente removible", sostuvo al cuestionar que ambas demandadas se atribuyeran mutuamente la responsabilidad por la paralización del trámite.
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Uno de los aspectos centrales de la resolución fue la contradicción detectada entre las bases de datos oficiales.
La ANSV informó que el conductor no registraba antecedentes ni inhabilitaciones, aunque al mismo tiempo aparecían infracciones cargadas en el Certificado Nacional de Antecedentes de Tránsito (CENAT).
El magistrado consideró jurídicamente relevante esa situación y remarcó que la propia Agencia había reconocido que existía un mecanismo para permitir la renovación de la licencia sin que las infracciones bloquearan el trámite.
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"Si bien las demandadas han expresado su conformidad a la prosecución del trámite de renovación de licencia de conducir, aún no se ha hecho efectivo el otorgamiento de la misma al amparista, lo que configura la actitud arbitraria de las demandadas", señaló.
El juez retomó antecedentes de la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná y del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, que establecieron un criterio similar.
La existencia de multas no puede impedir el otorgamiento o la renovación de una licencia de conducir porque la administración cuenta con otros mecanismos para reclamar su cobro.
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El fallo citado sostiene que "la existencia de éstas no puede en modo alguno afectar el otorgamiento de la licencia de conducir", ya que utilizar esa deuda como una condición restringe el derecho a transitar libremente.
El magistrado aclaró que la decisión no elimina las multas ni impide que las jurisdicciones reclamen su pago por las vías administrativas o judiciales correspondientes. Lo que prohíbe es utilizar la renovación de la licencia como una barrera para cobrar esas deudas.
Sobre esa base, concluyó que la ANSV no puede imponer la cancelación previa de multas como requisito para otorgar la licencia de conducir.
El juez también consideró que mantener bloqueado el trámite tenía consecuencias que trascendían el interés individual del conductor, ya que una licencia vencida implica la falta de habilitación para circular.
Por eso destacó que la licencia constituye "el más alto certificado de idoneidad vial" para quienes pretenden conducir vehículos en el territorio nacional.
Finalmente, el Juzgado Federal de Paraná ordenó a la ANSV y a la Municipalidad de San Benito renovar de inmediato la Licencia Nacional de Conducir del amparista y abstenerse de exigirle previamente el pago de las multas registradas en distintas jurisdicciones.
El magistrado no resolvió el planteo de inconstitucionalidad formulado por el conductor al considerar que no era necesario para dictar la sentencia.
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