
La Corte confirmó el sobreseimiento de los rugbiers franceses acusados por abuso sexual en Mendoza
Rafael Cúneo Libarona, el defensor de los acusados, dijo que tomará medidas contra la denunciante y su abogada.
Resumen para apurados
La Corte Suprema de Justicia de Mendoza confirmó el sobreseimiento de los dos rugbiers franceses que habían sido acusados por abuso sexual en perjuicio de una mujer de 39 años en un hotel de la capital provincial, donde los deportistas habían llegado en el marco de una gira de la selección de rugby de Francia.
La causa se inició en julio de 2024, luego de que M.S.L (39 años) presentara junto a su abogada Natacha Romano una denuncia en el Ministerio Público Fiscal mendocino, acusando a Oscar Jegou (20) y a Hugo Auradou (21), por abuso sexual. Según su testimonio, conoció a uno de los jugadores en el VIP del boliche Wabi. Tras tomar algunos tragos se dirigieron en taxi al hotel donde el jugador del seleccionado francés de rugby se alojaba con el resto de la delegación. En la habitación 603, él la había invitado a "tomar algo", pero al entrar, la habría sujetado sin mediar palabras y la habría violado.
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La denunciante relató que, mientras era sometida, se escucharon golpes en la puerta y otro joven entró y habría participado activamente en el ataque sexual. Según indicó, ninguno de los dos habría usado preservativo. La mujer declaró que, después de horas de abuso, notó marcas de golpes, mordidas y estrangulamiento en su cuerpo. Finalmente, logró salir de la habitación a las 8:35 del domingo y se dirigió a su casa, pero a los días fue internada por una descomposición general producto de la situación que había vivido.
Luego de analizar el caso y realizar las primeras medidas investigativas, la fiscal subrogante de la Unidad Fiscal de Delitos Contra la Integridad Sexual de Mendoza, Cecilia Bignert, imputó a Jegou y a Auradou por el delito de abuso sexual con acceso carnl agravado por la participación de dos personas.
Rafael Cúneo Libarona, el abogado defensor de los acusados y hermano del ministro de Justicia de la Nación, Mariano Cúneo Libarona, solicitó en octubre de 2024 el sobreseimiento de sus pupilos. En diciembre, la jueza Eleonora Arenas hizo lugar al pedido y decretó el cierre de la investigación. "La decisión de la magistrada se basa en el artículo 353, inciso 2, que indica que el hecho no encuadra en una figura penal, es decir, se da la atipicidad del hecho. En conclusión, el hecho investigado no constituye delito", informó la Suprema Corte de Justicia de Mendoza.
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El fallo de primera instancia fue apelado por la querella, que, entre otras cuestiones, criticó "la ausencia de perspectiva de género en la valoración de la prueba",la desestimación de pruebas relevantes y la actuación del Ministerio Público Fiscal. En febrero de 2025 el Tribunal Penal Colegiado N°1 de la Primera Circunscripción de Mendoza rechazó el planteo de la querella y confirmó la resolución de la magistrada Arenas.
La denunciante interpuso un recurso de Casación y el legajo fue analizado por la Corte Suprema de Justicia de Mendoza, que el jueves confirmó el sobreseimiento de los rugbiers.
"Los planteos introducidos no logran demostrar que el tribunal haya incurrido en una valoración arbitraria de la prueba, ni permiten afirmar que existirían medidas probatorias relevantes pendientes de producción o que el sobreseimiento hubiera sido dispuesto de manera prematura o con inobservancia de la debida perspectiva de género. Por el contrario, estimo que la decisión cuestionada satisface adecuadamente las exigencias constitucionales y legales de fundamentación", informaba la sentencia de los jueces Dalmiro Garay Cueli, Norma Llatser y José Valerio.
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"Los rugbiers han recuperado su prestigio. Demostramos que todo era falso y ahora verán las consecuencias. La mentira no puede ser gratis y aquí hubo dos personas inocentes que estuvieron presas. La denunciante y su abogada responderán cada una por sus mentiras y mala praxis profesional", afirmó a La Nación Cúneo Libarona tras analizar el fallo.
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