Saltar al contenido
Ahora
Histórico fallo: reconocen un infarto como accidente laboral y condenan a una ART a pagar más de 350 millones
NacionalesTucumán

Histórico fallo: reconocen un infarto como accidente laboral y condenan a una ART a pagar más de 350 millones

R
Redacción
lunes, 22 de junio de 2026 · 10:23 p. m. hs · 3 min

La Justicia determinó que la falta de asistencia médica inmediata en la planta agravó el cuadro del empleado, quien quedó con severas secuelas neurológicas

La Justicia determinó que la falta de asistencia médica inmediata en la planta agravó el cuadro del empleado, quien quedó con severas secuelas neurológicas.

Un Tribunal del Trabajo dictó una sentencia de fuerte impacto en el ámbito del derecho laboral al reconocer como "accidente de trabajo por ocasión" el episodio sufrido por un operario que padeció un cuadro cardíaco durante su jornada laboral. Debido a que las circunstancias del hecho agravaron drásticamente su estado de salud, los magistrados condenaron a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) a abonar una indemnización millonaria.

La demanda por daños y perjuicios fue impulsada por el abogado Matías Martínez en representación de César Fernández. Según consta en el expediente judicial al que tuvo acceso la agencia Noticias Argentinas, el trabajador había ingresado a la firma en el año 2009. Sin embargo, en 2021 comenzó a desempeñarse bajo un exigente régimen de turnos rotativos, una situación que, de acuerdo con el planteo legal, alteró su dinámica familiar y le desencadenó un cuadro de estrés crónico.

El hecho que originó la causa ocurrió el 24 de noviembre de 2021 en el interior de la planta. Mientras cumplía con sus tareas habituales, Fernández comenzó a manifestar un fuerte dolor en el pecho, mareos y un malestar general generalizado. Ante esta situación, se dirigió a la enfermería del establecimiento, pero la encontró cerrada. Frente a la ausencia de una ambulancia y de asistencia médica inmediata en el predio, los responsables decidieron trasladarlo en un remís particular hacia el Sanatorio Argentino; lamentablemente, durante el trayecto, el operario sufrió una severa descompensación cardíaca.

Como consecuencia directa de la demora en la atención, el trabajador padeció una grave afectación neurológica que derivó en cuadriparesia y severas limitaciones motoras, dejándolo con la necesidad de requerir asistencia permanente para sus actividades cotidianas. "Si hubiera recibido la atención adecuada y oportuna, las consecuencias podrían haber sido sustancialmente menores", argumentó la representación legal del afectado durante el proceso.

Al momento de fallar, el Tribunal entendió que el caso encuadraba como un accidente laboral por ocasión. Los jueces aclararon que la tipificación no se dio porque la actividad laboral en sí misma hubiera provocado el infarto, sino porque las circunstancias espaciales y temporales del suceso —dentro del ámbito de trabajo, bajo el control del empleador y con una deficiente respuesta ante la emergencia médica— agravaron críticamente el desenlace del cuadro de salud.

En los fundamentos de la resolución, los magistrados declararon la inconstitucionalidad de ciertos artículos del régimen de riesgos del trabajo. Si bien rechazaron el pedido de reparación integral civil contra la ART por no acreditarse omisiones específicas previas, sí hicieron lugar al reclamo fundamentado en las prestaciones del sistema laboral.

En consecuencia, condenaron a la aseguradora a pagar una suma inicial de $285.980.239,88 que, tras la aplicación de los intereses correspondientes, elevó el monto total de la liquidación a $351.246.415,17. Asimismo, la sentencia fijó la obligación de abonar una prestación mensual complementaria por "gran invalidez", en conformidad con el artículo 17 inciso 2 de la Ley de Riesgos del Trabajo.

Desde el entorno legal del trabajador destacaron que el fallo sienta un precedente fundamental para la protección de los derechos de los empleados, confirmando que el sistema debe reparar no solo los daños provocados directamente por la tarea, sino aquellos infortunios que sufran consecuencias perpetuas debido a las falencias logísticas operadas dentro del horario y el establecimiento de trabajo.

#nacionales#historico#fallo#reconocen#infarto#como#accidente#laboral#condenan#una#art#pagar#mas#350#586336#catamarca
Leer la nota original en El Esquiú
¿Necesitás plata?

Mirá qué bancos pueden prestarte hoy

Hacé tu simulación
Te puede interesar

Más de Nacionales