
Florida restringe las redes sociales para menores de 15 años
Un fallo judicial permite al estado aplicar las restricciones de una ley firmada en 2024. Qué cambia según la edad y qué obligaciones tendrán las plataformas.
El acceso de niños y adolescentes a las redes sociales volvió al centro del debate en Florida. Una decisión judicial favorable al estado abre paso a la aplicación de restricciones que afectan tanto a las familias como a las empresas tecnológicas.
La medida está vinculada con la denominada "Protecciones en línea para menores" (HB 3), que establece condiciones para crear y mantener cuentas en determinadas plataformas. El gobernador Ron DeSantis la promulgó el 25 de marzo de 2024, con fecha de entrada en vigor prevista para el 1° de enero de 2025.
Qué resolvió la Justicia sobre la ley de redes sociales de Florida
Un panel de la Corte Federal de Apelaciones del Undécimo Circuito emitió una decisión unánime que permite aplicar las restricciones.
El tribunal consideró que la norma probablemente supera el cuestionamiento constitucional relacionado con la libertad de expresión.
Sin embargo, el litigio continúa. La demanda regresará al tribunal federal de Tallahassee. Las asociaciones empresariales NetChoice y Computer & Communications Industry Association habían impugnado la legislación.
Qué menores no podrán tener cuentas y quiénes necesitan autorización
La ley diferencia dos grupos:
Menores de 14 años: las plataformas alcanzadas deben impedir que creen cuentas y cerrar las existentes.
Adolescentes de 14 y 15 años: pueden tener cuentas si sus padres o tutores prestan consentimiento.
Por lo tanto, no existe una prohibición general, pero la autorización parental resulta decisiva para quienes tienen 14 o 15 años. Sin embargo, no constituye una excepción para los menores de 14.
A qué plataformas se aplican las restricciones
La HB 3 utiliza criterios específicos para definir qué servicios quedan comprendidos. Entre ellos, contempla plataformas que permiten compartir o consultar contenido, emplean algoritmos para seleccionar publicaciones y presentan determinadas funciones consideradas adictivas.
La definición también exige que al menos el 10% de sus usuarios activos diarios menores de 16 años dediquen, en promedio, dos horas diarias al servicio en los días de uso.
Entre las características que la ley considera adictivas se encuentran funciones como:
Desplazamiento infinito.
Notificaciones automáticas.
Métricas visibles de interacción.
Reproducción automática de videos.
Transmisiones en vivo.
Los servicios cuya función exclusiva es el correo electrónico o la mensajería directa privada quedan fuera de esta definición.
Qué pueden solicitar las familias y qué sanciones enfrentan las empresas
Las plataformas deben permitir que los menores alcanzados soliciten el cierre de sus cuentas. También deben aceptar solicitudes de padres o tutores confirmados.
Los plazos establecidos van de cinco días hábiles, cuando lo solicita el titular menor de edad, a diez días hábiles, cuando lo pide su padre o tutor confirmado. Además, deben eliminar permanentemente la información personal asociada a las cuentas cerradas, salvo que exista una obligación legal de conservarla.
Los incumplimientos conscientes o temerarios pueden generar sanciones civiles de hasta US$50.000 por infracción para las plataformas. También contempla acciones privadas con indemnizaciones de hasta US$10.000 para los menores afectados, según las condiciones previstas por la norma.
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