
El INDEC subió las multas: cuánto deberán pagar
El INDEC actualizó las multas por no entregar o falsear información estadística. Conocé los nuevos montos mínimos, máximos y el límite para apelar.
El Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) estableció nuevos valores para las multas aplicables a quienes incumplan con la entrega de información requerida para estadísticas y censos oficiales. La actualización quedó formalizada mediante la Resolución 133/2026, publicada en el Boletín Oficial el 22 de septiembre.
La medida alcanza a quienes no suministren los datos dentro de los plazos establecidos, presenten información falsa o incurran en omisiones consideradas maliciosas.
Con la actualización, el monto mínimo de las sanciones quedó establecido en $19.397,92, mientras que el máximo alcanzó los $1.924.720,29.
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Además, el INDEC elevó a $39.454,30 el monto a partir del cual las multas dejan de ser apelables, de acuerdo con el límite establecido por el Decreto 3110 de 1970.
Los nuevos valores representan un incremento del 16,55% frente a los montos que estaban vigentes desde marzo de 2026. En ese momento, la sanción mínima era de $16.639,92.
La actualización responde al mecanismo previsto por la Ley 17.622, que regula el Sistema Estadístico Nacional y establece al INDEC como organismo rector.
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La normativa dispone que los valores mínimos y máximos de las multas deben reajustarse de manera semestral, cada 1° de enero y 1° de julio, tomando como referencia la variación del nivel general de precios mayoristas.
Para determinar los nuevos importes, la Dirección Nacional de Estadísticas de Precios del INDEC tomó en cuenta la evolución registrada entre el 1° de enero y el 30 de junio de 2026 mediante el Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM).
La Ley 17.622 contempla sanciones para quienes no entreguen en término la información solicitada por el organismo, falseen los datos proporcionados o produzcan omisiones maliciosas en la información necesaria para estadísticas y censos.
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La resolución publicada por el INDEC reemplazó los valores establecidos previamente por la Resolución 14/2026.
La nueva actualización modifica los importes que pueden enfrentar quienes incumplan con los requerimientos de información del Sistema Estadístico Nacional. Los valores se ajustan mediante el mecanismo previsto por la legislación vigente y toman como referencia la evolución de los precios mayoristas durante el primer semestre de 2026.
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