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El 28 de septiembre, madre e hija serán sometidas a juicio popular
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El 28 de septiembre, madre e hija serán sometidas a juicio popular

EA
El Ancasti
sábado, 12 de septiembre de 2026 · 09:24 a. m. hs · 4 min
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Ambas mujeres, junto con Facundo Monasterio, deben responder por intento de homicidio agravado.

Ambas mujeres, junto con Facundo Monasterio, deben responder por intento de homicidio agravado.

Madre e hija, junto con un tercer imputado, el 28 de septiembre responderán ante un juicio popular, por el intento de homicidio de Roxana Murúa. El hecho de sangre ocurrió en enero de 2025, en El Bañado, Valle Viejo. Esta semana, en la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) del Poder Judicial se llevó a cabo la audiencia de admisión de evidencias.

El juicio por jurados se llevará a cabo el próximo 28 de septiembre, en la sala de debates de la OGA. Para la ocasión, se seleccionarán, con paridad de género, a 12 jurados titulares y cuatro suplentes, entre un grupo de 90 jurados preseleccionados con antelación.

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El camarista Miguel Lozano Gilyam es el juez director. María Eugenia Castro, la madre, y María Gilda Márquez, la hija, fueron imputadas por el presunto delito de "homicidio calificado por alevosía en grado de tentativa". De acuerdo con la investigación, Márquez fue imputada como autora. En tanto que a su madre, Castro, se la acusó como partícipe necesaria de este delito, junto con Facundo Ariel Monasterio.

Según la investigación, Márquez y Castro atacaron a Roxana Murúa en el Salón de Usos Múltiples del Barrio 140 Viviendas, en El Bañado, Valle Viejo. Según la investigación, todo se originó por una discusión entre el hijo de Murúa, de 13 años, y un adolescente de 16, que luego regresó al lugar junto con Márquez, Castro y Facundo Ariel Monasterio. Los sospechosos portaban varillas de hierro. Márquez, además, habría llevado un cuchillo tipo "sierrita". Cuando Murúa intentó proteger a su hijo, Castro la habría golpeado en la mandíbula y en la nuca con un fierro, mientras Márquez —aprovechando que la mujer quedó indefensa— la habría apuñalado varias veces, entre ellas en el tórax. Murúa fue internada en terapia intensiva con asistencia respiratoria mecánica y su vida corrió peligro.

Debido a la presunta participación de un adolescente, la causa fue remitida al Tribunal Penal Juvenil y la investigación estuvo a cargo del fiscal de este fuero especializado Guillermo Narváez. Finalmente, la Cámara de Apelación Penal Juvenil sobreseyó al chico imputado y la causa fue elevada a juicio con tres acusados adultos. Dada la imputación, el expediente fue remitido a la OGA para la realización de un juicio por jurados. Durante la audiencia de admisión de evidencias, el fiscal de Cámara Augusto Barros mantuvo la teoría del caso.

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Madre e hija están detenidas desde enero de 2025, con prisión preventiva, en la Unidad Penitenciaria Nº 2, popularmente conocida como Correccional de Mujeres. Oportunamente, habían solicitado el cese de la detención o, en su defecto, la prisión domiciliaria.

Sin embargo, según un acta labrada por el Servicio Penitenciario Provincial (SPP) con fecha del 29 de junio, se registró un violento incidente en el pabellón de imputadas: Márquez y Castro arrojaron sillas, mesas y elementos personales por el pasillo, profirieron amenazas contra el personal y agredieron físicamente a varias agentes con golpes de puño y patadas. Castro, según consta en el acta, intentó además atacar con un cepillo de dientes afilado en punta. El hecho derivó en la sedación de ambas por vía intramuscular. A la vez, se suman al menos seis denuncias penales cruzadas presentadas esa misma noche por integrantes del personal penitenciario ante la Unidad Judicial Nº 5. Tras el episodio, el SPP catamarqueño gestionó cupo en La Rioja, que respondió afirmativamente el pasado 2 de julio. Esta institución se encuentra en condiciones de dar alojamiento transitorio por tres meses, prorrogable, condicionado a que las internas respeten la disciplina interna. El pedido invocó "conductas reiteradas de inadaptación al régimen interno vigente" que, según el escrito, comprometen la seguridad, la disciplina y el orden del establecimiento, en los términos de la Ley Nacional 24.660 de Pena Privativa de la Libertad. Ante esta situación, el fiscal de Cámara Augusto Barros pidió que madre e hija acusadas sean alojadas en la Comisaría de la Mujer.

El juez Lozano Gilyam rechazó el pedido del Servicio Penitenciario Provincial (SPP) de trasladarlas al Servicio Penitenciario de La Rioja, como el planteo del fiscal de Cámara Augusto Barros de alojarlas en la Comisaría de la Mujer. Además, la Sala Penal de la Corte de Justicia rechazó, por mayoría, el recurso de casación presentado por la defensa, que había solicitado el cese de prisión preventiva.

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Los ministros Martel y Saldaño sostuvieron que la resolución cuestionada había dado razones concretas y suficientes —el intento de fuga en los primeros momentos de la investigación, el ocultamiento de elementos del delito y el carácter violento del hecho atribuido— y que la defensa no logró rebatirlas con fundamentos jurídicos válidos. Los votos de ambos ministros confirmaron que las imputadas seguirán detenidas hasta el juicio por jurados.

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Leer la nota original en El Ancasti
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