Condicional para joven que mató a recién nacida en fuentón con agua
"Homicidio calificado por el vínculo", pero "bajo circunstancias extraordinarias de atenuación", le pena.
"Homicidio calificado por el vínculo", pero "bajo circunstancias extraordinarias de atenuación", le pena.
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Condicional para joven que mató a recién nacida en fuentón con agua Condicional para joven que mató a recién nacida en fuentón con agua
Un tribunal concedió ayer la excarcelación en términos de libertad condicional a una joven de Los Juríes, General Taboada, condenada en 2024 por dar muerte a su hija recién nacida ahogándola en un fuentón el 30 de marzo del 2021.
En efecto, fue beneficiada Anabela Rosalía Barreto ("Any"), según se desprende del resolutorio refrendado por los vocales, Luis Achával, Julio Carmelo Vidal y Luis Domínguez.
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De acuerdo con la acusación, Barreto se descompensó, ingresó al baño y después pidió un fuentón con toallas. Con su familia gritando afuera, dio a luz y la beba pesó 3,500 kilos. Cuando permitió el ingreso de familiares, la recién nacida se encontraba muerta dentro del fuentón.
A su turno, la defensa, a cargo de Pedro Orieta, y Candela y Lucía Vega, afirmó que su representada no recordaba nada. Había ingerido pastillas "y también estuvo en riesgo su vida", subrayó. "Experimentó una urgencia o emergencia obstétrica. No es una asesina de su hija, sino una paciente que carecía del debido control médico. Es más, los remedios casi la matan. Fue rescatada sangrando en el baño", aseguró.
Día del veredicto
El 27 de agosto del 2024, el tribunal condenó a Barreto a ocho años de prisión. Los jueces la hallaron responsable de matar a su hija, en neto "homicidio calificado por el vínculo", pero "bajo circunstancias extraordinarias de atenuación".
"Las circunstancias extraordinarias de atenuación pueden definirse como un conjunto de aspectos que generan una situación excepcional en la relación entre la víctima y el victimario, que vuelve inexistentes las consideraciones que han llevado al codificador a agravar la conducta en orden a la disminución del afecto y el respeto, provocando en el sujeto activo una reacción, sin que se lleguen a dar los requisitos de la emoción violenta", resumen las normas.
Como la pena no está firme, ahora la defensa pidió al tribunal juzgador la excarcelación en términos de la condicional. Éste dio luz verde al planteo, pero dentro de reglas de conducta inviolables.
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