
ANDIS: la Justicia rechazó el pedido de Diego Spagnuolo para frenar la pericia de los audios
El juez Ariel Lijo ordenó que Gendarmería continúe con el análisis de 58 archivos cuestionados por la defensa del exfuncionario.
El juez Ariel Lijo ordenó que Gendarmería continúe con el análisis de 58 archivos cuestionados por la defensa del exfuncionario.
La Justicia rechazó el pedido del exdirector de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) Diego Spagnuolo para frenar la pericia de los audios en la causa que investiga presuntas coimas, según informaron fuentes del caso.
La medida fue adoptada por el juez Ariel Lijo, luego del pedido de la defensa del exfuncionario mileísta, que había cuestionado la decisión de analizar 58 archivos que afirman no se encontraban incluidos en la causa.
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De esta forma, el titular del Juzgado Criminal y Correccional Federal N°11 confirmó que los forenses de la Gendarmería Nacional Argentina deberán continuar con las pericias como estaban pactadas. La defensa pelará la medida.
En el escrito, Lijo apuntó que "la cuestión que ahora introduce la defensa no resulta novedosa ni responde a una modificación sobreviniente del objeto de la experticia", y que los abogados de Spagnuolo insistieron en cuestionar la validez de los audios.
También remarcó que, al momento de ordenar las pericias para determinar si los audios atribuidos a Spagnuolo estaban editados o adulterados, estos fueron identificados como "aquellos 'aportados oportunamente a la fiscalía instructora por el periodista Mauro Federico'". "No existió, por ende, una modificación posterior de su objeto ni una decisión sorpresiva", enfatizó.
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Lijo cuestionó además que la defensa del exfuncionario de ANDIS no había cuestionado esta decisión e incluso intervino "activamente" en la producción de los análisis.
"Luego de reclamar la realización de estudios destinados a determinar la autenticidad e integridad de los audios, consentir la decisión que individualizó expresamente el material sometido a examen, designar perito de parte y proponer puntos dirigidos a profundizar su análisis, no resulta compatible con una actuación procesal coherente pretender ahora paralizar la experticia sobre la base de una objeción relativa a su objeto material que pudo —y debió— ser introducida oportunamente", agregó.
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